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11 de febrero de 2012

LA REFORMA LABORAL

En primer lugar, ni soy especialista en el tema ni siento cátedra, solo intentaré dar "mi opinión" acerca de la reforma laboral impulsada ayer por el gobierno del PP.

En España, desde la llegada de la democracia, se han sucedido varias reformas del mercado laboral que, presuntamente, pretendían facilitar la contratación, ese es el fin último de estas reformas, abrir el campo para que la contratación aumente y disminuya la tasa de desempleo; aparejado a esto se intenta dotar de mayor seguridad jurídica a los empleados, aumentan su protección y garantias.

Las reformas anteriores han provocado una dualidad entre dos tipos de contrato, el indefinido, el cual esta muy protegido a la hora del despido, y el temporal, el cual carece de red protectora ante la finalización del contrato.

Hoy en día el empresario se pregunta ¿contrato fijo o temporal?, la respuesta es clara desde su punto de vista, los costes en caso de cese de actividad del empleado son mínimos en el contrato temporal y elevados, quizás elevados" en el caso de los indefinidos.

Cualquier reforma debería abordarse pensando en reducir drasticamente la brecha entre estos dos tipos de contratos, se entendería una reducción de la protección del indefinido si llevase aparejada un aumento del coste de despido del trabjador temporal, esto equilibraría un poco la balanza y premitiría conversiones de contratos de una modalidad a otra.

El problema estriba en que los "agentes sociales" solo están preocupados de la defensa del trabajador indefinido, pruebas y bibliografía hay mas qu suficientes para demostrar esto, para los sindicatos los contratos temporales no son dignos de pelea ni tampoco lo son los millones de parados, ayer mismo solo protestaban por la bajada de 45 a 33 días de la iindemnización por despido improcedente, pero nada decían de que no se indemnizase la finalización de contratos temporales.

Dicho esto, la reforma del 2012 incide en errores, o al menos así lo pienso, que pueden resumirse en:

a.- Posibilidad de despido por causas objetivas, abonado 20 día de indemnización,  acumulando 9 meses de pérdidas: la contabilidad es altamente manipulable, la mayoría de las empresas del pais podrían presentar balances durante tres trimestres con perdidas acumuladas y resarcir esas pérdidas en el ultimo trimestre del año dando lugar a ganancias anualizadas. Se abre la puerta a la picaresca y veremos multitud de despidos en el cuatro trimestre del año. Se puede dar el caso de tener perdidas en el cuatro trimeste y primero y segundo del año siguiente, despedir por causas objetivas y al mismo tiempo que esos dos ejercicios finalicen con pingues beneficios para la empres.

b.- Prima la negociación en lal empresa: se limita el poder de sindicatos ( aspecto positivo pues su labor es testimonial, reciben subvenciones y poco mas ), pero no se articulan medios para que el empresario no ejerza tu poder de presión a la hora de negociar, habría que haber dotado al trabajador de mas medios para evitar firmar algo que le pueda perjudicar en el  futuro.

c.- Eliminacion de autorización adminsitrativa para los ERES: mala medida, pues se obliga al trabajador a ir a la justicia si ve que se conculcan sus derechos, al eliminar la previa negociación entre representantes de trabajador y empresa se está judicializando el conflicto, el empresario puede pensar, "ve al juzgado, mientras se resuelve o no estás fuera de la empresa"

d.-Subvenciones de contratos indefinidos con un año de periodo de prueba: bueno, que trás un año de trabajo se pueda alegar que el trabajador no reune los requisitos optimos para el desempeño de la actividad es poco menos que curioso, en realidad de tilda de "indefinido" un contrato temporal, creo que mas con la intención de adecentar las estadísticas que con afán e aumentar la contratación, tendremos miles de contratos indefinidos en la epa que al cabo de un año significarán miles de trabajadores en el desempleo.

En general, la reforma no ha atacado lo que realmente es importante, reducir la brecha entre la protección de contratos fijos o temporales, lo que haría que el empleador pudiera pensar que le sale más rentable usar contratos indefinidos, disminuyendo la temporalidad; No se reducen o simplifican las muchas formas de contratación, lo cual ayudaría a  despejar tanto embrollo laboral; y, sobre todo, no se garantiza la estabilidad en el empleo, lo que hará que la gente, por miedo,, ahorre mas en previsión de un posible despido, no aumente el consumo de las rentas medias, lo cual reducirá la producción y por ende la necesidad de contratación.